CIRCULAR N.º 3/2026
Asesoría Trebeki
Bilbao, a 27 de febrero de 2026
REFERENCIA:
- CAMPAÑA DE LA DECLARACIÓN SOBRE LA RENTA Y PATRIMONIO Y DEL IMPUESTO TEMPORAL DE SOLIDARIDAD DE GRANDES FORTUNAS, EJERCICIO 2025
Estimado-a Cliente de TREBEki,
nos ponemos de nuevo en contacto con Vd. para informarle de la próxima apertura del plazo para la presentación de la Campaña de Renta y Patrimonio, así como del nuevo Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas correspondiente al periodo impositivo 2025.
En el aspecto técnico indicar, entre otras novedades, que este año no tendrán obligación de presentar su Declaración de Renta aquéllos contribuyentes cuyos ingresos por trabajo personal no hayan superado en el ejercicio pasado los 20.000€ brutos anuales o bien que sin superarlos no hayan obtenido tampoco ingresos por rendimientos de capital mobiliario ni ganancias patrimoniales cuyo importe conjunto supere los 1.600€ brutos anuales.
Además se aprueban incentivos fiscales por la vivienda y especialmente a los jóvenes menores de 36 años los cuales verán bonificados extraordinariamente sus inversiones en la vivienda habitual. Se aprueban asimismo deducciones fiscales para promover la conciliación familiar e igualdad así como por la adquisición de vehículos que favorezcan el medio ambiente y se da un nuevo tratamiento fiscal a las EPSV de amplio calado en nuestro TTHH.
En lo relativo a la gestión de la campaña, la institución foral nos ha ido informando del mantenimiento del mismo sistema de presentación que el año pasado, conservándose los tres canales de presentación, presencial, telefónico y digital, así como su plazo de presentación que discurrirá desde el próximo 15 de Abril hasta el 30 de Junio, habiéndose avanzado en el desarrollo de la nueva plataforma para su confección en atención a los errores advertidos por los propios asesores fiscales en campañas anteriores desde su instauración.
Desde TREBEKI y como en años anteriores, nos ponemos en contacto con VD para renovarles nuestro compromiso y disposición para asesorarles y ayudarles a gestionar dicho impuesto que con el transcurso de los años observamos se ha ido complicando gradualmente y cuya sistemática de gestión no atiende en la actualidad al cada vez más amplio espectro de contribuyentes obligados a su presentación.
Es por ello que las y los contribuyentes recibirán a partir del próximo 10 de Abril y al igual que el año pasado una Carta de Renta con tres hojas, la primera con un borrador de la declaración de la renta ya confeccionada; una segunda con las instrucciones para poder acceder a la declaración de la renta “on line”; y finalmente una tercera con unas claves que permiten a su titular autorizar a un tercero para su revisión y presentación. La experiencia de las ultimas campañas tras el cambio por parte de HFB del sistema de la liquidación nos demuestra que un porcentaje muy elevado de los borradores recibidos y confeccionados por Hacienda Foral adolecen de errores de información y/u omisiones que hacen que su resultado difiera del correcto y que en muchos casos perjudica los derechos del propio contribuyente.
Es por ello que como en años anteriores nos ponemos a su total disposición y les ofrecemos nuestro Servicio de Revisión, Confección y Aceptación de su borrador de declaración a todos los clientes que no tengan dicho servicio contratado con nosotros, a fin de asegurarles una correcta tributación y si es su caso gestionarles una rápida devolución.
Le informamos además en este caso que los borradores con resultado “a devolver” deben ser aceptados y presentados telemáticamente, procediendo Hacienda a su ingreso en la cuenta indicada, en este caso en el plazo máximo de 7 días desde su aceptación. En el supuesto de que dicha declaración no fuese confirmada en el plazo legal de presentación, la misma se considerará aceptada procediendo Hacienda a practicar su devolución automática transcurrido ya el plazo de presentación voluntaria (30 de Junio) y recibiendo su importe en los primeros días de Julio.
No obstante y al igual que el año pasado, habrá que presentar “de forma expresa” la declaración:
- Cuando la correspondiente al ejercicio 2024 se hubiera presentado de forma expresa.
- Cuando el importe de la devolución supere los 300€, salvo en el caso de mayores de 65 años.
En el supuesto de que el resultado del borrador fuese “a ingresar”, le recomendamos asimismo se ponga cuanto antes en contacto con TREBEKI para proceder a su revisión en plazo y si es el caso modificar y corregir el resultado final y por último gestionar su aceptación definitiva. En ese caso el cargo lo realizará directamente Hacienda Foral en la cuenta asignada una vez finalizada la campaña (a partir del 30 de Junio) pudiendo además acogerse al fraccionamiento en dos plazos sin interés ofrecidos por Hacienda Foral (6 Julio / 10 Noviembre) que deberán confirmar con carácter previo a la asesoría.
También se podrá solicitar el aplazamiento con interés del resultado a ingresar según los plazos elegidos por el contribuyente siempre y cuando se solicite dentro del plazo voluntario de presentación (30 de Junio) y según los requisitos marcados por la normativa vigente.
En ambos casos, le recordamos que con la recepción de dicho borrador “no finaliza” el cumplimiento de su obligación tributaria anual con Hacienda Foral sino que para ello dicho borrador debe ser previamente revisado cautelosamente para subsanar errores o incluir nueva información y con posterioridad “ser aceptado y transmitido definitivamente a Hacienda”, gestión ésta exclusiva y de obligado cumplimiento por el propio contribuyente y que recomendamos delegue en evitación de problemas posteriores en un asesor fiscal de su confianza.
La campaña de la Declaración de Renta y Patrimonio comenzará el próximo día 15 de Abril y finalizará el próximo 30 de Junio y ello tanto para las declaraciones de renta con un resultado a ingresar o a devolver.
Para finalizar, le recomendamos, nos remita dicha carta-borrador tan pronto como la reciba, por e-mail a la persona habitual de contacto para su revisión y tratamiento. Una vez recibida, nos pondremos en contacto con usted para solicitarle -en su caso- la documentación e/o información adicional que hiciere falta para su revisión, o bien solicitarle alguna otra aclaración que al respecto pudiéramos precisar para su definitiva revisión, confección y aceptación.
Si no obstante tuviese cualquier tipo de problema que nos quisiera consultar, por favor NO DUDE en contactarnos en nuestros teléfonos habituales o e-mails de contacto que a continuación le recordamos o directamente con la persona que habitualmente confecciona su declaración,
| NOMBRE | CORREO | TELÉFONO |
| Gonzalo Collazos | gcollazos@trebeki.org | 671 665 585 |
| Jon | jperez@trebeki.org | 671 666 321 |
| Julen | jmartinez@trebeki.org | 671 666 733 |
| Víctor | vmartin@trebeki.org cemapri@gmail.com |
677 941 345 94 416 36 44 |
| Patricia | pgonzalez@trebeki.org | 677 941 347 |
| Olatz | olatz@trebeki.org | 677 940 627 |
| Javier Gimeno | jgimeno@trebeki.org | 699 842 759
610 205 001 |
así como también con las compañeras y compañeros que se unieron al equipo de TREBEKItras nuestra integración con el Gabinete IBA; Lidia, Leire y Jesús,
| Lidia | lidia@ibagabinete.com | 671 665 585 |
| Leire | leire@ibagabinete.com | 677 941 348 |
| Jesús Calonge | jesus@ibagabinete.com | 944 242 219 |
De otra parte, y si usted es contribuyente habitual del IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO y lo es toda persona física cuyo valor de sus bienes o derechos determinado de acuerdo con las normas de valoración del IP supere los 2.000.000 € valorados al 31-12-2025, le recordamos asimismo su obligación de presentar dicho impuesto en los mismos plazos señalados para la Renta.
En este sentido le recomendamos asimismo que se ponga en contacto con la persona que habitualmente le confecciona dicho impuesto para coordinar con él la información y documentación necesaria para su confección.
Por último, le recordamos que la confección y presentación de dicho impuesto sigue vigente en las distintas comunidades forales vascas.
Para finalizar y como se indica en el título de la presente circular la Norma Foral 9/2023 de 15 Diciembre publicada en el BOB el 26 de Diciembre de 2023 aprobó el IMPUESTO TEMPORAL DE SOLIDARIDAD DE LAS GRANDES FORTUNAS que regula un nuevo impuesto a presentar como novedad éste año desde el próximo 4 de Mayo hasta el 30 de Junio y que obliga a su presentación a todos aquéllos contribuyentes que en el momento del devengo del impuesto (31-12-2025) su patrimonio neto calculado según las normas del impuesto de Patrimonio fuese superior a los 3.000.000 €.
Comunicaremos a todos aquellos clientes a los cuales y según nuestras informaciones se vieran afectados por la aplicación del impuesto y les informaremos personalmente de su contenido y efectos. En todo caso quedamos a disposición de aquel a quien pudiese afectar la nueva obligación fiscal para que se ponga en contacto con nosotros a fin de recibir cumplida información al respecto y encargarnos si es su interés de su confección y presentación.
No teniendo nada más que añadir por el momento, quedamos a su entera disposición para cuantas aclaraciones al respecto precise, aprovechando la oportunidad para enviarle un cordial saludo.
CIRCULAR EN DOCUMENTO PDF AQUÍ
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