Circular Trebeki Asesoría

CIRCULAR N.º 7/2026
Asesoría Trebeki 
Bilbao, a 8 de julio de 2026

 

REFERENCIA:

  1. CALENDARIO FISCAL CORRESPONDIENTE AL 2º T/26
  2. SOCIEDADES: DEPOSITO DE CUENTAS ANUALES 2025 EN EL REGISTRO MERCANTIL.

       

Estimada/o Cliente,

Tras el cierre de la pasada Campaña de Renta y Patrimonio 2025, nos ponemos nuevamente en contacto con usted para recordarle sobre el próximo vencimiento de sus obligaciones tributarias correspondientes al 2T/2026 (Abril-Junio) cuyo plazo de presentación finalizará el próximo día 27 de Julio.


El CALENDARIO FISCAL
correspondiente a este segundo trimestre del año es el siguiente:

* HASTA EL 27 DE JULIO:   Plazo para la presentación e ingreso del PAGO FRACCIONADO correspondiente al 2ºT/26 (Abril/Mayo/Junio) Mod. 130. Obligatorio para todos los autónomos titulares de Actividades Económicas Empresariales y Profesionales siempre que en este último caso sus ingresos no estén al menos en un 70% sometidos a retención fiscal.

Su cálculo lo realizará la asesoría y el importe será comunicado a cada cliente previamente a su cargo para su conocimiento y conformidad. 

Plazo para la declaración e ingreso de las RETENCIONES DE LOS TRABAJADORES correspondiente al 2º T/26 (Abril/Mayo/Junio), Mod. 110. La asesoría calculará la cuantía de todas aquellas empresas o autónomos con trabajadores a su cargo a los cuales se les confeccione las nóminas y su importe les será comunicado a cada cliente previamente a su cargo para su conocimiento y conformidad.

Plazo para la declaración e ingreso de las RETENCIONES POR LOS ALQUILERES correspondientes al 2º T/26 (Abril/Mayo/Junio), Mod.115. La asesoría calculará la cuantía a ingresar de todas aquellas empresas o autónomos con arrendamientos sujetos a I.R.P.F. y su importe les será comunicado a cada cliente previamente a su cargo para su conocimiento y conformidad.

Plazo para la declaración e ingreso del I.V.A. correspondiente al 2º T/26 (Abril/Mayo/Junio), tanto para el Régimen General Mod. 303, como para el Simplificado Mod. 310. Para su cálculo nos deberá facilitar por el medio habitual en cada caso la relación de facturas emitidas y recibidas correspondientes a dicho periodo, así como la relación detallada de las importaciones de bienes habidos todo ello antes del próximo día 17 de Julio, no pudiendo a partir de dicha fecha comprometernos a cumplir en el plazo legal establecido con sus obligaciones fiscales. Su resultado le será comunicado a cada cliente para su conocimiento y conformidad.

Plazo para la presentación de la declaración informativa sobre el estado recapitulativo de las OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS Mod. 349 correspondiente al 2ºT/26 (Abril/Mayo/Junio). Le recordamos que esta declaración obliga a todas aquellas personas físicas o sociedades, sometidas o no al régimen general del I.V.A. y que hayan realizado importaciones de bienes o servicios durante dicho periodo, a declarar los datos e importes de las personas con las que hayan operado intracomunitariamente. Para su cumplimentación, precisamos nos envíen los datos completos de dichas personas, tales como su denominación, domicilio, país, importe, C.I.F. comunitario, etc.

Plazo para la presentación de la declaración anual del IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES  Mod. 200 así como la DECLARACION INFORMATIVA DE LAS OPERACIONES VINCULADAS   Mod. 202 correspondientes al ejercicio 2.025, para todas aquellas empresas que aprobaron sus cuentas el 30 de Junio pasado referentes al ejercicio 2025 y cerrado a 31-12-2025.  Su plazo de presentación para las que tengan su domicilio fiscal en BIZKAIA, GIPUZKOA y AMBITO ESTATAL será el día 27 de Julio (salvo para las de ámbito estatal-AEAT-con resultado a ingresar y domiciliación bancaria cuyo plazo finalizará el próximo 22 de Julio). 


En este sentido y a fin de evitar requerimientos por parte de Hacienda, queremos recordarle la obligatoriedad formal de su presentación para todas las sociedades, incluidas aquéllas que no hayan tenido actividad en el ejercicio, salvo que éstas hayan procedido a su liquidación y disolución ante Notario, y presentado la escritura de liquidación o disolución ante el Registro Mercantil habiendo cursado asimismo la baja definitiva en el Censo Fiscal ante la Hacienda respectiva. Dicho impuesto será confeccionado por la asesoría a todas las empresas igualadas y una vez comunicado su resultado a cada cliente, será tramitado telemáticamente ante la Hacienda Foral.

 


*
HASTA EL 30 DE JULIO:
Plazo para la presentación del DEPÓSITO DE CUENTAS ANUALES DE LAS SOCIEDADES correspondiente al ejercicio 2.025 ante el Registro Mercantil. Dicha obligación incumbe a todas las Sociedades que durante el pasado ejercicio 2.025 tuvieron actividad. La asesoría se encargará en este caso de preparar a todos sus clientes igualados toda la documentación al efecto y una vez recogida la firma de los Administradores de cada empresa, transmitirla telemáticamente al Registro Mercantil. Los honorarios, gastos y suplidos que ocasione dicha gestión se girarán como de costumbre a nuestros clientes en las cuentas asignadas para ello.

No teniendo nada más que añadir por el momento y recordándoles nuestro compromiso informativo, estaremos pendientes para darles cuenta como siempre de cualquier modificación que se produzca y afecte a sus obligaciones fiscales y laborales, aprovechando la presente circular para enviarles un cordial saludo.

Atentamente,

El Equipo de TREBEki

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