CIRCULAR N.º 2/2025
Bilbao, a 28 de marzo de 2025
REFERENCIA:
CAMPAÑA DE LA DECLARACIÓN SOBRE LA RENTA Y PATRIMONIO Y DEL IMPUESTO TEMPORAL DE SOLIDARIDAD DE GRANDES FORTUNAS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2024
Estimado-a cliente,
Nos ponemos de nuevo en contacto con Vd. para informarle de la próxima apertura del plazo para la presentación de la Campaña de Renta y Patrimonio, así como del nuevo Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas correspondiente al periodo impositivo 2024. En el aspecto técnico indicar, entre otras novedades, que la escala del impuesto se ha deflactado para adaptar sus tramos y tipos a las nuevas tablas de retenciones salariales y al incremento del IPC, así como la afectación a las cuantías de las deducciones que presenta el impuesto y que conceptualmente no difieren de las existentes en el ejercicio anterior.
En lo relativo a la gestión de la campaña, la institución foral nos ha ido informando del mantenimiento del mismo sistema de presentación que el año pasado, manteniéndose los tres canales de presentación, presencial, telefónico y digital, así como su plazo de presentación que discurrirá desde el próximo 10 de Abril hasta el 30 de Junio, habiéndose avanzado en el desarrollo de la nueva plataforma para su confección en atención a los errores advertidos por los propios asesores fiscales en campañas anteriores desde su instauración.
Desde TREBEKI y como en años anteriores, nos ponemos en contacto con VD para renovarles nuestro compromiso y disposición para asesorarles y ayudarles a gestionar dicho impuesto que con el transcurso de los años observamos se ha ido complicando gradualmente y cuya sistemática de gestión no atiende en la actualidad a la totalidad del cada vez mas amplio espectro de contribuyentes obligados a su cumplimiento.
Para ello la totalidad de los contribuyentes recibirá a partir del próximo 10 de Abril y al igual que el año pasado una Carta de Renta con tres hojas, la primera con un borrador de la declaración de la renta ya confeccionada; una segunda con las instrucciones para poder acceder a la declaración de la renta “on line”; y finalmente una tercera con unas claves que permiten a su titular autorizar a un tercero para su revisión y presentación. La experiencia de las ultimas campañas tras el cambio por parte de HFB del sistema de la liquidación nos demuestra que un porcentaje muy elevado de los borradores confeccionados por Hacienda Foral adolecen de errores de información y/u omisiones que hacen que su resultado difiera del correcto y que en muchos casos perjudica los derechos del propio contribuyente.
Es por ello que como en años anteriores nos ponemos a su total disposición y les ofrecemos nuestro Servicio de Revisión, Confección y Aceptación de su borrador de declaración a todos los clientes que no tienen dicho servicio igualado con nosotros, a fin de asegurarles una correcta tributación y si es su caso gestionarles una rápida devolución.
Le informamos además en este caso que los borradores con resultado “a devolver” deben ser aceptados y presentados telemáticamente, procediendo Hacienda a su ingreso en la cuenta indicada, en este caso en el plazo máximo de 7 días desde su aceptación. En el supuesto de que dicha declaración no fuese confirmada en el plazo legal de presentación, la misma se considerará aceptada procediendo Hacienda a practicar su devolución automática transcurrido ya el plazo de presentación voluntaria (30 de Junio) recibiendo su importe en los primeros días de Julio.
No obstante este año y como novedad habrá que presentar “de forma expresa” la declaración:
- Cuando la correspondiente al ejercicio 2023 se hubiera presentado de forma expresa.
- Cuando el importe de la devolución supere los 300€, salvo en el caso de mayores de 65 años.
En el supuesto de que el resultado sea “a ingresar”, le recomendamos asimismo se ponga cuanto antes en contacto con nosotros para proceder a su revisión en plazo y si es el caso modificar y corregir el resultado final y por último gestionar su aceptación definitiva. En ese caso el cargo lo realizará directamente Hacienda Foral en la cuenta asignada una vez finalizada la campaña (a partir del 30 de Junio) pudiendo además acogerse al fraccionamiento en dos plazos sin interés (6 Julio / 10 Noviembre) que ofrece Hacienda lo cual deberán confirmar con carácter previo a la asesoría. También se podrá solicitar el aplazamiento con interés del resultado a ingresar según los plazos elegidos por el contribuyente siempre y cuando se solicite dentro del plazo voluntario de presentación (30 de Junio) y según los requisitos marcados por la normativa vigente.
En ambos casos, le recordamos que con la recepción de dicho borrador “no finaliza” el cumplimiento de su obligación tributaria anual con Hacienda Foral sino que para ello dicho borrador debe ser previamente revisado cautelosamente para subsanar errores o incluir nueva información y con posterioridad ser aceptado y enviado definitivamente, gestión ésta exclusiva y de obligado cumplimiento por el propio contribuyente y que recomendamos delegue en evitación de problemas posteriores en un asesor fiscal de su confianza.
La campaña de la Declaración de Renta y Patrimonio comenzará el próximo día 10 de Abril y finalizará el próximo 30 de Junio y ello tanto para las declaraciones de renta con un resultado a ingresar o a devolver.
Para finalizar, le recomendamos, nos remita dicha carta-borrador tan pronto como la reciba, por e-mail a la persona habitual de contacto para su revisión y tratamiento. Una vez recibida, nos pondremos en contacto con usted para solicitarle -en su caso- la documentación o información adicional que hiciere falta para su revisión, o bien pedirle alguna otra información o aclaración que al respecto pudiéramos precisar para su definitiva revisión, confección y aceptación.
Si tuviese no obstante cualquier tipo de problema que nos quisiera consultar, por favor NO DUDE en contactarnos en nuestros teléfonos habituales o e-mails de contacto, o directamente con la persona que habitualmente confecciona su declaración de renta:
| NOMBRE | CORREO | TELÉFONO |
| Gonzalo | gcollazos@trebeki.org | 671 665 585 |
| Jon | jperez@trebeki.org | 944 24 15 15 |
| Julen | jmartinez@trebeki.org | 671 666 733 |
| Víctor | vmartin@trebeki.org cemapri@gmail.com | 677 941 345 94 416 36 44 |
| Patricia | pgonzalez@trebeki.org | 944 165 339 |
| Olatz | olatz@trebeki.org | 677 940 627 |
| Javier Gimeno | jgimeno@trebeki.org | 699 842 759
610 205 001 |
Así como las compañeras y compañeros que se unieron al equipo,
tras nuestra integración con el Gabinete IBA, Lidia, Leire y Jesús:
| Lidia | lidia@ibagabinete.com | 671 665 585 |
| Leire | leire@ibagabinete.com | 677 941 348 |
| Jesús Calonge | jesus@ibagabinete.com | 944 242 219 |
Por otro lado y si usted es contribuyente habitual del IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO y lo es toda persona física cuyo valor de sus bienes o derechos determinado de acuerdo con las normas de valoración del IP supere los 2.000.000 € valorados al 31-12-2024, le recordamos asimismo su obligación de presentar dicho impuesto en los mismos plazos señalados para la Renta. En este sentido le recomendamos asimismo que se ponga en contacto con la persona que habitualmente le confecciona dicho impuesto para coordinar con él la información y documentación necesaria para su confección. Le recordamos por último, que la confección y presentación de dicho impuesto sigue vigente en las distintas comunidades forales vascas.
Para finalizar y como se indica en el título de la presente circular la Norma Foral 9/2023 de 15 Diciembre publicada en el BOB el 26 de Diciembre de 2023 aprobó el IMPUESTO TEMPORAL DE SOLIDARIDAD DE LAS GRANDES FORTUNAS que regula un nuevo impuesto a presentar en los mismos plazos que los anteriores y obliga a su presentación a todos aquéllos contribuyentes que en el momento del devengo del impuesto (31-12-2024) su patrimonio neto calculado según las normas del impuesto de Patrimonio fuese superior a los 3.000.000 €.
Comunicaremos a todos aquellos clientes a los cuales y según nuestras informaciones se vieran afectados por la aplicación del impuesto y les informaremos personalmente de su contenido y efectos. En todo caso quedamos a disposición de aquel a quien pudiese afectar la nueva obligación fiscal para que se ponga en contacto con nosotros a fin de recibir cumplida información al respecto y encargarnos si es su interés de su confección y presentación.
No teniendo nada más que añadir por el momento, quedamos a su entera disposición para cuantas aclaraciones al respecto precise, aprovechando la oportunidad para enviarle un cordial saludo.
Atentamente,
CIRCULAR EN DOCUMENTO PDF AQUÍ:
250328-Trebeki-CIRCULAR-RENTA-2024


