4ª Circular Trebeki; julio 2021

Circular Trebeki Asesoría

 REFERENCIA:

A: CALENDARIO FISCAL CORRESPONDIENTE AL 2º T/21.

B: SOCIEDADES: DEPOSITO DE CUENTAS ANUALES 2020 EN EL REGISTRO MERCANTIL

 

BILBAO, a 9 de Julio de 2021

Estimada/o Cliente.
Tras el cierre de la novedosa y complicada Campaña de Renta y Patrimonio 2020, nos ponemos nuevamente en contacto con usted para informarle del próximo vencimiento de sus obligaciones tributarias correspondientes al 2T/2021, cuyo plazo de vencimiento será el el próximo día 26 de Julio.

 

A: El CALENDARIO FISCAL correspondiente a este segundo trimestre del año es el siguiente:

* HASTA EL 26 DE JULIO:
(Continúa exento el PAGO FRACCIONADO MOD 130)

-Plazo para la declaración e ingreso de las RETENCIONES DE LOS TRABAJADORES correspondiente al 2º T/21 (Abril/Mayo/Junio), Mod. 110. La asesoría calculará la cuantía de todas aquellas empresas o autónomos con trabajadores a su cargo a los cuales se les confeccione las nóminas y, les será comunicada para su conocimiento y conformidad.

-Plazo para la declaración e ingreso de las RETENCIONES POR LOS ALQUILERES correspondientes al 2º T/21 (Abril/Mayo/Junio), Mod. 115. La asesoría calculará la cuantía a ingresar de todas aquellas empresas o autónomos con arrendamientos sujetos a I.R.P.F. la cual les será comunicada para su conocimiento y conformidad.

-Plazo para la declaración e ingreso del I.V.A. correspondiente al 2º T/21 (Abril/Mayo/Junio), tanto para el Régimen General (Mod. 303), como para el Simplificado (Mod. 310). Para su cálculo nos deberá facilitar la relación de facturas emitidas y recibidas correspondientes a dicho periodo, así como la relación detallada de las importaciones de bienes habidos; todo ello antes del próximo día 16 de Julio, no pudiendo a partir de dicha fecha comprometernos a cumplir en el plazo legal establecido con sus obligaciones fiscales.

-Plazo para la presentación de la declaración informativa sobre el estado recapitulativo de las OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS (Mod. 349), correspondiente al 2º T/21 (Abril/Mayo/Junio). Le recordamos que esta declaración obliga a todas aquellas personas físicas o sociedades, sometidas o no al régimen general del I.V.A. y que hayan realizado importaciones de bienes o servicios durante dicho periodo, a declarar los datos e importes de las personas con las que hayan operado intracomunitariamente. Para su cumplimentación, precisamos nos envíen los datos completos de dichas personas, tales como su denominación, domicilio, país, importe, C.I.F. comunitario, etc.

-Plazo para la presentación de la declaración anual del IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (Mod. 200) correspondiente al ejercicio 2.020, para todas aquellas empresas que aprobaron sus cuentas el 30 de Junio. Su plazo de presentación para las que tengan su domicilio fiscal en BIZKAIA, GIPUZKOA y AMBITO ESTATAL será el día 26 de Julio, y para aquéllas con domicilio fiscal en ARABA lo será 30 de Julio. En este sentido y a fin de evitar requerimientos por parte de Hacienda, queremos nuevamente recordarle la obligatoriedad formal de su presentación para todas las sociedades, incluidas aquéllas que no hayan tenido actividad en el ejercicio, salvo que éstas hayan procedido a su liquidación o disolución ante Notario, presentación de la escritura de liquidación o disolución ante el Registro Mercantil y hayan cursado la baja definitiva en el Censo Fiscal ante la Hacienda respectiva.

Dicho impuesto será confeccionado por la asesoría a todas las empresas igualadas y una vez comunicado su resultado a cada cliente, será tramitado telemáticamente ante la Hacienda Foral.

 

B: HASTA EL 30 DE JULIO; Sociedades, DEPÓSITO DE CUANTAS ANUALES

Plazo para la presentación del DEPÓSITO DE CUENTAS ANUALES DE LAS SOCIEDADES correspondiente al ejercicio 2.020 ante el Registro Mercantil. Dicha obligación incumbe a todas las Sociedades que durante el pasado ejercicio 2.020 tuvieron actividad. La asesoría se encargará en este caso de preparar toda la documentación al efecto y una vez recogida la firma de los Administradores de cada empresa, transmitirla telemáticamente al Registro Mercantil. Los honorarios, gastos y suplidos que ocasione dicha gestión se girarán como de costumbre en las cuentas asignadas para ello.

 

Esperando que se encuentren bien de salud, y avanzándoles de que estaremos pendientes para informarles como siempre de cualquier modificación que al respecto de sus obligaciones fiscales y laborales se vayan produciendo, aprovechamos la oportunidad para enviarles un cordial saludo.
Atentamente,

TREBEKI COMBINING EFFORTS, S.L.

Accede a la CIRCULAR en formato PDF a través de este LINK: 210709-trebeki-asesoria-CIRCULAR.pdf